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11 de febrero, 2013 2 min

La ONE aclara denuncia hecha por la Junta Distrital de Verón Punta Cana

La ONE aclara denuncia hecha por la Junta Distrital de Verón Punta Cana

20 de febrero 2013.-Ante las acusaciones de varios representantes de la Junta Distrital de Verón, de la Provincia La Altagracia, quienes denunciaron una alegada falsificación de estadísticas acerca del número de habitantes de ese distrito municipal, para supuestamente favorecer como demarcación a otra con nombre similar perteneciente al municipio La Otra Banda, la Oficina Nacional de Estadística (ONE) ofreció las aclaraciones correspondientes sustentadas en las leyes que crean ambos distritos municipales.

La ONE explicó que la Ley 386-06 establece en su artículo 1, lo siguiente:

ARTÍCULO 1. El Paraje Verón, del Municipio Higüey, Provincia La Altagracia, queda erigido a la categoría de distrito municipal con el nombre de Distrito Municipal Turístico Verón Punta Cana.

La institución señala que el artículo 6 de la citada ley señala los límites del nuevo distrito municipal Verón Punta Cana, a saber:

ARTÍCULO 6. Los límites territoriales del Distrito Municipal Turístico Verón Punta Cana
son:

Al Norte: Océano Atlántico hasta Uvero Alto
Al Sur: Mar Caribe hasta el Cabo San Rafael
Al Este: Mar Caribe
Al Oeste: La Jalda-Carretera Bávaro Higüey

Explicó que el límite “Al Oeste: La Jalda-Carretera Bávaro Higüey” es la carretera que separa a los dos parajes Verón, pero también dicha carretera separaba al municipio de Higüey del distrito municipal La Otra Banda al momento de la promulgación de la referida ley.

Aclaró que al momento de la promulgación de dicha ley existían dos parajes Verón, uno de la sección El Salado del Municipio de Higüey, y el otro de la sección Cruz de Isleño del Distrito Municipal la Otra Banda.

El citado artículo 1 especifica, al referirse al nuevo Distrito Municipal Turístico, que es el resultado de la elevación de categoría del “Paraje Verón, del Municipio de Higüey”, para evitar confusión con otros parajes con el mismo nombre. Por otra parte, los artículos 2, 3, 4 y 5, que señalan las secciones y los parajes que integrarán el Distrito Municipal Turístico Verón Punta Cana, no le otorgan a éste parajes ni secciones del Distrito Municipal La Otra Banda.

Con esta aclaración, la Oficina Nacional de Estadística (ONE) quiere dejar establecido que su accionar, respecto al territorio, está basado en la aplicación de las leyes elaboradas por el Congreso Nacional y promulgadas por el Poder Ejecutivo, sin favorecer a particulares ni allegados.

 

 

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